ESTADÍSTICA DE MATERIALES

OBTENER CERTIFICADO

VISADO PROFESIONAL

XV EDICIÓN DE LOS PREMIOS DE LA ARQUITECTURA TÉCNICA A LA SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN

SUELO Y POLÍTICAS URBANAS

DIARIO BOE

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Información visado

Información sobre visados

  • Proyectos
  • Dirección de obras
  • Certificado, informes y valoraciones
  • Seguridad y Salud 
Se recuerda a todos los colegiados la obligación de visar la documentación que genera cualquier encargo, en cumplimiento del artículo 43 de los Estatutos Generales del Consejo General y de los Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos.

ARTICULO 43 DE LOS ESTATUTOS GENERALES DEL CONSEJO GENERAL:

Están obligatoriamente sujetas a visado colegial las intervenciones profesionales cuyo encargo reciban los colegiados, con excepción de los formulados por las Administraciones Públicas a sus propios funcionarios.

En los casos de proyectos y direcciones de obras, se dará traslado del mismo a los Ayuntamientos en cuya demarcación hayan de realizarse las obras, en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes.

El visado acredita la identidad y habilitación colegial del facultativo, la corrección e integridad formal de la documentación que ha de presentarse así como su apariencia de viabilidad conforme a la normativa legal aplicable. Leer más ...



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